martes, 8 de marzo de 2011

¿ Que es la tasa de Usura ?

Se dice que la tasa de usura es el límite máximo que una entidad financiera puede Cobrar por intereses sobre un préstamo, es decir, que se cobra por un crédito que supere el 50% del interés de corriente vigente. La tasa de usura, como ya se explico, corresponde a una tasa superior en la mitad a la tasa de interés corriente que cobran los bancos por sus créditos de libre asignación. Siendo así las cosas, quien fija la tasa de usura no es la Superintendencia financiera como se suele creer, sino el mismo mercado financiero


La usura en la historia
Antes de 1999, en Colombia el límite a la tasa de interés era calculado como 2 veces el interés bancario corriente. A partir de abril de ese año el límite a la tasa de interés, es calculado como 1.5 veces el interés bancario corriente certificado por la Superintendencia Bancaria (Ahora Superfinanciera), y en principio no es legal trasladar costos diferentes a los incurridos por el otorgamiento mismo del crédito, así estos sean honorarios comisiones u otros semejantes.
Tasa de usura ¿Un mal necesario?
Según las definiciones económicas, los intereses que se cobran en los préstamos o créditos, tienen incorporada dentro de ellos la teoría de que ha de haber un precio justo y razonable a la hora de cobrarlos y que, por lo tanto, no se determinan exclusivamente con base en la oferta y la demanda de los créditos. Esta es la razón de que los gobiernos de algunos países, entre ellos Colombia, hayan establecido un límite máximo para el cobro de intereses en los préstamos, límite que recibe el nombre de tasa de usura.

Según el concepto en Colombia, la regularización se hace por que si esta tasa no es adecuada, pude propiciar el desarrollo de mercados no legales para los préstamos, sin embargo, su función principal es la de evitar que se cobren intereses muy altos a todas aquellas personas que soliciten créditos o prestamos.

Sin embargo, no todos los países tienen estos límites. En América Latina sólo Colombia y Chile tienen controlado el máximo de los intereses, esto ha suscitado posiciones en el país a favor y contra de esta reglamentación
TASA DE USURA EN COLOMBIA


Colombia arranca el 2010 con baja en la tasa de usura, que se ubicará en 24,21%


 La tasa actual, que rige hasta este 31 de diciembre, está en 25,92 por ciento. Y según l a Superintendencia Financiera, la tasa máxima que se podrá cobrar por los microcréditos se mantiene en 33,93 por ciento efectivo anual. Por su parte, el Interés Bancario Corriente que fijó el organismo de vigilancia y control es de 16,14 por ciento, lo que representa una baja de 1,14 puntos porcentuales frente al 17,28 por ciento que rige hasta este 31 de diciembre. El Artículo 205 del Código Penal establece que quien cobre o reciba -directa o indirectamente- tasas superiores a las fijadas por la Superintendencia Financiera incurre en el delito de usura. Aquí entran lo llamados agiotistas, que cobran tasas muy supriores a las establecidas por las normas legales en Colombia. Los créditos gota a gota que son comunes en todo el país son también ejemplo de delito de usura. La tasa de 24,21 por ciento cobre a las tarjetas de crédito, así como a los préstamos para compra vehículo, electrodomésticos, etc.
ESTADISTICAS DE LA TASA DE USURA
La tasa de consumo promedio del sistema financiero se situó al cierre del tercer trimestre de 2010 en 17.33%, resultando ser el más bajo de la década. Este escenario de bajas tasas de interés corresponde a la política monetaria expansionista implementada por el Banco de la República y ha sido uno de los factores determinantes de la reactivación del crédito en Colombia.

La tasa de usura subió para incentivar uso de microcréditos La demanda de microcréditos recibida por bancos y compañías de financiamiento (CF) decrece este año, aunque aumenta en las cooperativas.

Este es uno de los datos que revela el reporte de la situación de crédito en Colombia publicado por el Banco de la República, correspondiente a septiembre de 2010.


FICHAS BIBLIOGRAFICAS



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